- Original o fotocopia certificada por escribano público del testimonio de escritura pública que instrumenta la constitución.
- Publicación en el Boletín Oficial conforme al art. 10 de la Ley 19.550, Resolución n° 957/04 de la DPJ y en caso de corresponder las establecidas en la Ley 11.867.
- Acreditación de la integración de capital conforme art. 187 Ley 19.550. Cuando sea pertinente, se deberá acompañar informe de contador público sobre las circunstancias establecidas en el art. 31 de la Ley 19.550.
- Cretificado de reserva de denominación conforme a Resolución n° 1101/04 de la DPJ, si hubiere sido solicitado.
- Nota de presentación fijando domicilio legal, suscrita por persona autorizada o representante con detalle de la documentación que se acompaña y acreditación del pago de tasa retributiva de servicios.